COFILAB

Consejo de Fiscalización de Laboratorios.

Requisitos y Obligaciones

Los integrantes del Consejo Superior, los integrantes de los distintos Comités de Consulta y el Consejo Auditor serán designados para cumplir sus funciones por resolución del Consejo Directivo del C.P.Q; el personal especializado (coordinador general, evaluador, verificadores, etc.), así como el personal administrativo y auxiliar, será nombrado a solicitud del Consejo Superior del COFILAB.

En la Todos los integrantes del COFILAB, ya sean de los niveles superiores como el personal operativo (con excepción del personal administrativo y auxiliar), cumplirán con los siguientes requisitos profesionales y éticos: 

Ser profesionales universitarios, matriculados en el Consejo Profesional de Química de la Prov. de Bs. As. o en el Consejo o Colegio que le correspondiere y no podrán ser propietarios o directores técnicos de laboratorio alguno ni brindar asesoramiento en tal sentido, debiendo observar fielmente la Ley 7.020, sus reglamentos y el Código de Ética. 

Los comités de consulta podrán estar integrados -en casos excepcionales- por personas que no cumpliendo algunos de los requisitos mencionados, ya sea por sus conocimientos, capacidad reconocida o prestigio, puedan hacer aportes para el mejor funcionamiento o desempeño del COFILAB.